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Nueva era para el etiquetado de vasos de plástico de un solo uso

Actualizado: 21 oct 2021

Envapro ofrece un servicio especial de diseño y asesoramiento para velar por el cumplimiento del nuevo marco legal en los vasos desechables de plástico para bebidas.


Desde el 3 de julio de 2021, los vasos de un solo uso fabricados total o parcialmente con plástico introducidos en la zona euro deben incluir un nuevo marcado con advertencias e iconos relativos a la presencia de plástico y su adecuada gestión de residuos. Por estos motivos, el equipo de Diseño Gráfico, Marketing y Comercial de Envapro ofrece un servicio especial de asesoramiento en la comercialización y diseño de vasos para bebidas desde este nuevo escenario normativo.


Este contexto se corresponde con la entrada en vigor de la directiva europea 2019/904 que persigue reducir la basura marina procedente de los productos de plástico de un solo uso, promoviendo la economía circular, así como el reglamento europeo 2020/2151 que establece las normas de marcado para este tipo de productos.

Nuevo marcado obligatorio europeo para los vasos de plástico

Como ya ocurriera en 2003 con los mensajes sanitarios en los paquetes de cigarrillos, desde ahora los vasos desechables que contengan plástico están obligados a incluir -a modo impreso o grabado en relieve- el nuevo marcado, que asimismo, pero solo hasta julio de 2022, podrá fijarse en formato de etiqueta adhesiva.


Si tienes previsto adquirir o personalizar vasos desechables para bebidas, desde Envapro estamos encantados de ayudarte. Te invitamos a dirigirnos un correo a info@envapro.com para plantear tus preguntas y necesidades en cuanto a envases en general y el nuevo etiquetado de vasos en particular.



¿Qué etiquetado deben incluir los vasos desechables?

Aunque todos los vasos fabricados total o parcialmente con plástico que sean desechables están obligados a incluir el nuevo etiquetado europeo, la normativa contempla diferentes formatos y requisitos a la hora de reflejarlo. Las indicaciones “Plástico en el envase” y “Hecho de plástico” junto a la figura de una tortuga cabizbaja o herida por la presencia de un vaso de plástico en el mar y el pictograma de prohibición de un vaso desechable forman parte de este nuevo sello obligatorio.


De manera unánime en la Unión Europea, el nuevo distintivo se orienta en horizontal y ocupa al menos un 6% de la cara externa del vaso en unos colores específicos (blanco, negro, rojo y azul). Además, está ubicado lejos del borde del vaso para evitar el contacto con la boca del consumidor al beber, no pudiendo aparecer en la base del recipiente. El objetivo es asociar el producto etiquetado a la presencia de plástico y su impacto en el medio ambiente, y concretamente en el medio acuático.






También los vasos de cartón cuyo interior esté recubierto de plástico están obligados a incluir el nuevo etiquetado
También los vasos de cartón cuyo interior esté recubierto de plástico están obligados a incluir el nuevo etiquetado

¿Qué vasos requieren el llamado “logo de la tortuga” y cuáles no?

La respuesta a esta pregunta reside en el uso o posibilidades de reutilización del vaso. El nuevo etiquetado es obligatorio para los vasos 100% de plástico y los parcialmente de plástico (como los vasos de cartón revestidos en plástico) al tratarse de vasos desechables o de un solo uso. Sin embargo, están excluidos de este marcado los vasos clasificados como reutilizables, esto es los vasos de plástico de múltiples usos o vendidos para ser rellenados varias veces. Este tipo de recipientes para bebidas, habitualmente fabricados en PP (polipropileno), no están obligados a incluir el distintivo a modo individual, es decir, en todos y cada uno de los vasos, pero sí a título colectivo, imprimiendo o grabando el marcado en el envase de venta o caja.



¿Qué hacemos con los vasos desechables adquiridos antes del 3 de julio de 2021?

La normativa prohíbe expresamente la “introducción en el mercado” de la UE de vasos desechables de plástico sin etiquetado a contar desde el 3 de julio de 2021, si bien permite la comercialización de estos productos que ya se encontraran en el canal de distribución previamente a esa fecha. Es decir, los vasos sin marcado en stock de los distribuidores -mayoristas o minoristas- adquiridos antes del 3 de julio de 2021 pueden seguir distribuyéndose en España, teniendo vetada su venta fuera del país y su venta total llegado el 3 de julio de 2022.



 

La despedida del plástico de un solo uso en Europa

Además de los vasos de plástico de un solo uso, la normativa exige el marcado para otro tipo de artículos y prohíbe la introducción en el mercado de determinados productos de plástico desechables.


Productos de plástico de un solo uso restringidos

  • Pajitas, salvo de uso sanitario

  • Cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos)

  • Platos

  • Agitadores de bebidas

  • Recipientes para alimentos o bebidas de poliestireno expandido (también conocido como poliespán, pórex o foam).

  • Palitos para sujetar globos

  • Bastoncillos de algodón, salvo para fines sanitarios.


Productos de plástico de un solo uso de marcado obligatorio

  • Vasos para bebidas

  • Toallitas húmedas de higiene personal y para usos domésticos

  • Productos de tabaco con filtro y filtros para productos de tabaco

  • Compresas, tampones higiénicos y aplicadores de éstos.


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